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domingo, marzo 16, 2025
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¿Es posible acusar de homicidio sin hallar el cuerpo?

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SANTO DOMINGO.- La Suprema Corte de Justicia confirmó en enero del 1999 una sentencia de culpabilidad dictada contra dos personas acusadas de asesinato, sin haber un informe forense que acreditara el resultado del hecho, es decir, sin haber encontrado el cuerpo de la víctima.

Según un experto en el delicado tema que prefirió el anonimato, la Ley no exige imperativamente la presencia del cuerpo del delito, tampoco el dictamen forense de la muerte de la víctima, puesto que pueden acreditarse a través de otros medios de prueba y presunciones lógicas de hechos que resulten incompatibles con la vida.

Casos de personas sentenciadas a prisión por asesinato en RD sin haber cadáver

En el 2022 fue condenado a 30 años de prisión Esterlin Francisco Santos, alias el Panadero, quien fue enjuiciado por abusar sexualmente y asesinar a una niña, cuyo cadáver fue lanzado al mar Caribe.

El Panadero fue acusado de secuestrar, violar sexualmente, asesinar y desaparecer el cuerpo de la niña Liz María Sánchez, de 9 años de edad, en un hecho que se produjo en el Ensanche Isabelita, en Santo Domingo Este.

Al ser arrestado e interrogado por las autoridades competentes, tras ver su perfil sospechoso, el hoy condenado admitió haber violado sexualmente a la menor edad, a la que luego estranguló y metió su cadáver con piedras dentro de un saco.

Después, se dirigió al mar Caribe y próximo al Kilómetro 14 de la Autopista Las Américas, se acercó a los arrecifes y lanzó el saco a las aguas del mar. El cadáver de la niña aún no ha podido ser localizado.

Otro caso ocurrió en Villa Trina en Moca, donde cinco hombres fueron condenados a 30 años de prisión por la muerte y desaparición del comerciante Ramón Sánchez (Monso), de 85 años.

La sentencia fue impuesta contra los imputados Winston Antonio Rosa Salas, José Antonio Polanco Salcedo, José Reyes Moya, Francisco Javier Estrella y Julio César Sánchez, hijo del comerciante desaparecido.

Del comerciante Ramón Sánchez no hay rastro desde el 27 noviembre del 2013 hasta la fecha, cuando fue raptado en su casa de Villa Trina, Moca.

Algunos cuestionan esa decisión

El abogado defensor Félix Portes explicó que pese a que en la República Dominicana han ocurrido casos, en el marco legal en esta legislación no está contemplado condenar a una persona acusada de homicidio, si no se encuentra el cuerpo de la víctima.

“No está contemplado en esta legislación, establecer una sanción por homicidio sin el cuerpo”, indicó.
El jurista expresó que para que un tribunal condene a una persona sin haber hallado el cuerpo, deben condicionar el caso, puesto que si no hay cadáver, no hay autopsia, lo que podría haber obstáculos legales y dificultan el proceso.

El abogado explicó que cuando ocurren este tipo de casos se trata de crear una línea de tiempo de quien fue la última persona que vio con vida a la víctima o una confesión, entre otros.

Señaló que, aunque la persona haya confesado el crimen, estas declaraciones no son suficientes para que un tribunal dicte una condena.

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