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martes, octubre 8, 2024
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Usar WhatsApp para difundir información negativa de domésticas puede llevar a la cárcel

SANTO DOMINGO. “Favor difundir a todos los grupos de madres… Fue contratada en mi hogar como asistente de limpieza, engaña siendo súper servicial, pero me robó joyas, carteras, accesorios, cosas de cocina para venderlo en su casa”, así rezan algunos fragmentos de un mensaje que se ha hecho viral y ha sido enviado por WhatsApp acompañado con la foto de la cédula de la supuesta persona.

WhatsApp se ha convertido en una herramienta vital para los dominicanos. Sirve para comunicarse con allegados, coordinar el trabajo diario y difundir información. También están esos usos menos productivos e ilegales, como difundir, principalmente de mujeres, su información privada acusándolas de diversos delitos.

Otro mensaje indica: “Esta nana tuvo un problema delicado con una de las familias que tenemos aquí, es por esto que les comparto esta información para que estén atentas en caso de que ella quiera solicitar empleo con una de ustedes”.

Los usuarios, alegadamente los expatrones de la trabajadora, pueden creer que hacen un servicio público al publicar estos mensajes en los grupos de redes sociales a los que pertenecen, los cuales frecuentemente acompañan con una foto de la cédula de la acusada.

La realidad es otra y es que ante la falta de evidencia del hecho cometido y el uso de información personal privada de una persona, se está cayendo en un delito electrónico y en difamación.

Los artículos 21 y 22 de la ley sobre crímenes y delitos de alta tecnología advierten que la difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo.

En tanto que la injuria pública cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo.

El código penal dominicano indica que la difamación es la alegación o imputación de un hecho, que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo al cual se imputa. Se califica injuria, cualquiera expresión afrentosa, cualquiera invectiva o término de desprecio, que no encierre la imputación de un hecho preciso.

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