El primer presidente constitucional de Repรบblica Dominicana, fue el general Pedro Santana. Al dรญa de hoy los dominicanos hemos tenido cincuenta y cuatro (54) Presidentes, siendo el รบltimo Luis Rodolfo Abinader Corona.
La carta magna dominicana en su Art. 122 establece: โEl Poder Ejecutivo es ejercido en nombre del pueblo por la Presidenta o el Presidente de la Repรบblica, en su condiciรณn de jefe de Estado y de gobierno de conformidad con lo dispuesto por esta Constituciรณn y las leyesโ.
El Art. 123 establece los requisitos para ser Presidente: 1) Ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen; 2) Haber cumplido treinta aรฑos de edad; 3) Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y polรญticos; 4) No estar en el servicio militar o policial activo por lo menos durante los tres aรฑos previos a las elecciones presidenciales.
Hemos pasado por dictaduras, caudillismo, dictadores con apoyo popular y real democracia, los mayores perรญodos de presidentes dominicanos fueron 30 aรฑos del dictador Rafael Leรณnidas Trujillo Molina (1930-1961), 22 aรฑos de Joaquรญn Balaguer (1966-1978) y (1986-1996), 12 aรฑos de Leonel Fernรกndez, (1996-2000) y (2004-2012) y 8 aรฑos de Danilo Medina (2012-2020).
Siendo los partidos Reformista Social Cristiano y de la Liberaciรณn Dominicana, los que han podido reelegir presidentes en certรกmenes electorales.
Estos partidos que han logrado la reelecciรณn han tenido factores similares, como designaciรณn de todos sus cuadros polรญticos en el Estado dominicano y donde sus militantes han disfrutado de lo que es un partido en el gobierno y el pueblo ha tenido muchas necesidades cubiertas.
No tanto asรญ el Partido Revolucionario Dominicano, que se caracterizaba por anteponer los conflictos personales por encima de los intereses partidarios y de la naciรณn.
Del Partido Revolucionario Moderno aรบn se espera el desenlace, si no copia de su padre el PRD puede darse el lujo de reelegir al presidente actual, siempre y cuando no decepcione sus cuadros polรญticos y simpatizantes, la llamada base y al paรญs.
La Ley No. 16-06 del 10 de febrero del 2006, dispone pensionar a 10 ex presidentes y ex vicepresidentes constitucionales de la Repรบblica y a las viudas y viudos de รฉstos; su Art. 1 establece: โLa persona que haya sido presidente constitucional de la Repรบblica, gozarรก de una pensiรณn del Estado equivalente al 70% del salario mensual que devengue el presidente constitucional de la Repรบblica en ese momentoโ.
El Art. 2 establece: โLas viudas o los viudos de 10 expresidentes constitucionales de la Repรบblica, gozarรกn de una pensiรณn del Estado equivalente al 75% del salario que haya estado recibiendo el expresidente fallecidoโ.
Gozando de prerrogativas al final del ejercicio de sus funciones, es bueno destacar que los รบltimos presidentes dominicanos han sido muy democrรกticos.
Avancemos por el buen camino, siempre dirigidos por el poder de Dios.
Buen trabajo !!!
El partido revolucionario moderno puede romper รฉsto si se apresura a nombrar lo dirigentes y la base de ese partido y saca del gobierno a los enemigos que tiene dentro y pone los alcarde que tiene en ese mismo tono sino con el mejor presidente aรบn asi vas a ser dificil la reelecciรณn
Por que reelegirse una y otra vez cuando aun no siendo presidentes seguiran recibiendo los mismos beneficios que obtenian cuando estaban en el poner. Por que no darle la oportunidad a alguien que si puede hacer un cambio.