Antoliano Peralta asume un Ministerio de Justicia con amplios poderes y control del sistema penitenciario

0
Antoliano Peralta asume un Ministerio de Justicia con amplios poderes y control del sistema penitenciario
Comparte en tus Redes Sociales

SANTO DOMINGO.– Con la designación de Antoliano Peralta Romero como ministro de Justicia, el Gobierno dominicano activa una de las reformas institucionales más profundas del sistema judicial en décadas: la puesta en funcionamiento del Ministerio de Justicia, creado por la Ley 80-25, con amplias atribuciones administrativas que hasta ahora estaban concentradas en la Procuraduría General de la República (PGR).

La nueva cartera tiene como objetivo central descargar a la PGR de funciones administrativas y operativas, permitiéndole concentrarse exclusivamente en su rol constitucional de persecución penal.

En ese proceso, el Ministerio de Justicia asume competencias estratégicas como la gestión del sistema penitenciario, el auxilio científico forense, el registro y certificación de documentos oficiales y notariales, así como la prestación de servicios jurídicos a la ciudadanía y a las organizaciones sin fines de lucro.

La llegada de Peralta, quien hasta ahora se desempeñaba como consultor jurídico del Poder Ejecutivo, marca el inicio de la implementación efectiva de la ley y de la estructuración de un ministerio llamado a convertirse en uno de los más influyentes del aparato estatal.

Sistema penitenciario: el eje más sensible de la reforma

Uno de los pilares del nuevo Ministerio de Justicia es la administración de los centros penitenciarios, una función que pasa formalmente de la Procuraduría a una entidad con gerencia especializada. Los proponentes de la ley sostienen que el deterioro del modelo penitenciario, tanto tradicional como reformado, ha estado vinculado a la falta de gestión técnica y profesionalizada.

Para enfrentar esta problemática, la normativa crea una estructura específica encargada de diseñar, supervisar y evaluar políticas de reinserción social, así como de coordinar acciones con otras instituciones del Estado y la sociedad civil. A esto se suma la creación del Instituto Especializado de Estudios Penitenciarios y Correccionales, responsable de la formación del personal penitenciario.

Estructura del Ministerio de Justicia

La Ley 80-25 define al Ministerio de Justicia como un órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución, encargado de funciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo, sin interferir con la independencia de los demás órganos del Estado.

La estructura ministerial contempla cinco viceministerios, que funcionarán como el brazo operativo de la institución:

  • Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia
    Encargado de servir como enlace institucional con los órganos judiciales. Promueve el acceso a la justicia, la formación de profesionales jurídicos y el fortalecimiento institucional del sistema judicial.
  • Viceministerio de Representación Judicial y Extrajudicial
    Responsable de la defensa legal del Estado en los tribunales y en procesos extrajudiciales, en coordinación con la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, que mantiene sus atribuciones constitucionales.
  • Viceministerio de Derechos Humanos
    Tendrá a su cargo la articulación y coordinación de políticas públicas en materia de derechos humanos y la conducción del Sistema Nacional de Derechos Humanos, integrado inicialmente por 24 instituciones estatales.
  • Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales
    Diseñará y supervisará las políticas penitenciarias, los programas de reinserción social y la coordinación interinstitucional del sistema correccional, con participación de la sociedad civil.
  • Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía
    Ejecutará la administración de registros y certificaciones notariales, atenderá denuncias ciudadanas y gestionará el registro de organizaciones sin fines de lucro.

Órganos especializados y autonomía operativa

La ley también crea la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, con autonomía técnica, administrativa y financiera, encargada de la gestión diaria del sistema penitenciario, el suministro de bienes y servicios, la elaboración de informes semestrales y la atención de incidentes críticos.

Asimismo, se establece el Centro de Investigaciones Jurídicas, un órgano desconcentrado dedicado a la producción y publicación de estudios jurídicos, sociales y estadísticos, que servirán de base para la formulación de políticas públicas.

Impacto legal y reformas normativas

La creación del Ministerio de Justicia conlleva la modificación de al menos siete leyes, entre ellas la Ley 1486 de 1938 sobre Representación del Estado, la Ley 454-08 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, la Ley 489-08 sobre Arbitraje Comercial, la Ley 133-11 del Ministerio Público y la Ley 113-21 del sistema penitenciario.

Estas reformas fortalecen la defensa jurídica del Estado, redefinen los mecanismos de representación legal, e integran al Ministerio de Justicia en órganos clave de toma de decisiones institucionales.

Con Antoliano Peralta al frente, el Ministerio de Justicia inicia una etapa decisiva para la reconfiguración del sistema judicial dominicano, consolidando una nueva arquitectura institucional con impacto directo en la gobernanza, los derechos humanos y la seguridad jurídica del país.


Comparte en tus Redes Sociales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *